LAS COMPENSACIONES ECONÓMICAS EN EL DERECHO ARGENTINO. CRITERIOS JURISPRUDENCIALES
RESUMEN
Las compensaciones económicas tienen como finalidad reestablecer el desequilibrio patrimonial existente entre los ex cónyuges o ex convivientes a causa del vínculo que los ha unido y de la ruptura del mismo. Configuran una categoría autónoma, distinta de la prestación alimentaria y de las indemnizaciones reparadoras de daños. En este trabajo se sintetizan los supuestos de procedencia y efectos de la compensación económica en el derecho argentino y se reseña el estado actual de la jurisprudencia. Al momento de fijarse una compensación económica, además de los criterios matemáticos, contables, financieros, valoraciones subjetivas, debe prevalecer en el Juez un criterio que se enmarque dentro del principio de la piedad familiar.
Palabras clave: compensación económica, disolución del matrimonio y la unión convivencial, desequilibrio patrimonial, fijación de la compensación, piedad familiar.
THE ECONOMIC COMPENSATIONS IN ARGENTINE LAW. JURISPRUDENTIAL CRITERIA
ABSTRACT
The purpose of economic compensation is to reestablish the imbalance that exists between ex spouses/ex partners as a result of their marital or domestic/civil partnership breakdown. They set up an autonomous category, different from the maintenance benefit or compensation reparations for damages. This paper summarizes the assumptions of origin and effects of economic compensation in Argentine law and reviews the current status of jurisprudence. When setting a fiscal compensation, the subjective judgments must also be taken into consideration in addition to the mathematical, accounting and financial aspects considered by the Judge; the criteria of which is bound within the principle of family piety.
Keywords: economic compensation – marital or domestic/civil partnership breakdown – imbalance – compensation setting – family piety.